Sentencia TJUE. Asunto C-610/18 (AFMB y otros/Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsban) de 16 de julio de 2020
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-610/18 (AFMB y otros/Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsban) de 16 de julio de 2020
Procedimiento prejudicial — Trabajadores migrantes — Seguridad Social — Legislación aplicable — Reglamento (CEE) n.º 1408/71 — Artículo 14, punto 2, letra a) — Concepto de “persona que forma parte del personal itinerante de una empresa” — Reglamento (CE) n.º 883/2004 — Artículo 13, apartado 1, letra b) – Concepto de “empleador” — Conductores de vehículos de transporte por carretera que ejercen normalmente una actividad por cuenta ajena en dos o más Estados miembros o Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) — Conductores de vehículos de transporte por carretera que han celebrado un contrato de trabajo con una empresa pero que están sometidos al poder de dirección efectivo de otra empresa establecida en el Estado miembro de residencia de los conductores — Determinación de la empresa que tiene la condición de “empleador”
En el asunto C‑610/18, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Centrale Raad van Beroep (Tribunal Central de Apelación, Países Bajos), mediante resolución de 20 de septiembre de 2018, recibida en el Tribunal de Justicia el 25 de septiembre de 2018, en el procedimiento entre AFMB Ltd y otros y Raad van bestuur van de Sociale verzekeringsbank (Curia.europa.eu, 16.7.2020)