Tribunal de Cuentas. Informe Especial 14/2022. Respuesta de la Comisión al fraude en la política agrícola común. Ha llegado el momento de profundizar (DOUE C 258/04, 5.7.2022)

El fraude perjudica los intereses financieros de la UE e impide que sus recursos alcancen los objetivos políticos. En este informe presentamos una visión general de los riesgos de fraude que afectan a los distintos regímenes de pagos de la política agrícola común (PAC) y evaluamos la respuesta de la Comisión al fraude en la PAC. Llegamos a la conclusión de que la Comisión ha respondido a casos de fraude en el gasto de la PAC, pero no ha sido suficientemente proactiva a la hora de abordar el impacto del riesgo de acaparamiento ilegal de tierras sobre los pagos de la PAC, de supervisar las medidas de lucha contra el fraude de los Estados miembros y de aprovechar el potencial de las nuevas tecnologías. Recomendamos a la Comisión que emprenda acciones para obtener una visión más profunda de los riesgos de fraude y de las medidas de lucha contra él y actuar en consecuencia sobre la base de su evaluación, y que acentúe su papel en la promoción del uso de nuevas tecnologías en la prevención y detección del fraude.

Tribunal de Cuentas Europeo. Informe Especial 16/2022. Datos en la política agrícola común. El potencial desaprovechado que ofrecen los macrodatos para las evaluaciones de la política (DOUE C 246/04, 29.6.2022)

Para aplicar un enfoque empírico a las decisiones estratégicas es necesario contar con una serie de datos procedentes de distintas fuentes y analizarlos posteriormente. Hemos evaluado si la Comisión está haciendo buen uso de los datos y la analítica de datos para la elaboración de políticas y el seguimiento y evaluación de la Política Agrícola Común (PAC), que representa más de un tercio del presupuesto de la UE. Hemos constatado que la Comisión ha puesto en marcha diversas iniciativas para hacer un mejor uso de los datos existentes. Sin embargo, persisten algunos obstáculos para aprovechar al máximo los datos recogidos, tales como la falta de normalización y las limitaciones debido a la agregación de los datos, los cuales reducen la disponibilidad y la utilidad de estos. Formulamos una serie de recomendaciones, entre las que figura la mejora del uso de datos desglosados de los Estados miembros.

La Comisión Europea ha propuesto hoy una medida excepcional, financiada por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (Feader), que permite a los Estados miembros pagar una única suma a tanto alzado a los agricultores y empresas agroalimentarias afectados por el aumento significativo de los costes de los insumos. El aumento de los precios, en particular de la energía, los fertilizantes y los piensos, está perturbando el sector agrícola y las comunidades rurales, lo que provoca problemas de liquidez y flujo de tesorería para los agricultores y las pequeñas empresas rurales que se dedican a la transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas. Al abordar directamente estos retos de flujo de tesorería y ayudar a mantener a empresas y agricultores a flote, el apoyo hará frente a las perturbaciones del mercado y contribuirá así a la seguridad alimentaria mundial. | RAPID, IP/22/3170, 20.5.2022

La Comisión Europea invita a diversas partes interesadas (por ejemplo, productores del sector primario, transformadores, fabricantes, comerciantes mayoristas y minoristas, y proveedores de insumos) a dar a conocer sus experiencias con los acuerdos destinados a alcanzar los objetivos de sostenibilidad en las cadenas de suministro agroalimentario. Los comentarios ayudarán a la Comisión a elaborar un proyecto de directrices sobre una nueva excepción que exima a los acuerdos de sostenibilidad en el ámbito de la agricultura de las normas de competencia bajo determinadas condiciones.

El Derecho de la UE prohíbe en general los acuerdos entre empresas que restringen la competencia, tales como los celebrados entre competidores para subir precios o disminuir cantidades. Sin embargo, el Parlamento Europeo y el Consejo de la UE han adoptado recientemente una nueva excepción que permite tales restricciones en los acuerdos en el sector agrícola si son indispensables para alcanzar normas de sostenibilidad más estrictas que las normas obligatorias nacionales o de la UE. Esta excepción se establece en el Reglamento (UE) n.º 1308/2013 sobre las OCM, que forma parte de la política agrícola común de la UE.

Los acuerdos deben perseguir determinados objetivos medioambientales, la reducción del uso de plaguicidas y del peligro de resistencia a los antimicrobianos, y la protección de la salud y el bienestar de los animales. Las partes en los acuerdos deben ser productores agrícolas que, en su caso, actúen junto con otros agentes de la cadena de suministro. | RAPID, IP/22/1352, 28.2.2022

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