La Comisión Europea ha decidido denunciar a España ante el Tribunal de Justicia Europeo por sus leyes urbanísticas aplicables en la Comunidad Valenciana (conocidas como LRAU y LUV).
La Comisión ya había enviado una carta de emplazamiento y un dictamen motivado (IP/05/1598, 14 de diciembre de 2005) a España en relación con la Ley 6/1994, de la Comunidad Valenciana, Reguladora de la Actividad Urbanística («LRAU»). En estos documentos, la Comisión mantiene que se ha de considerar que los programas de actuación integrada (PAI) constituyen contratos públicos de obras y/o contratos públicos de servicios, por lo que se han de adjudicar de conformidad con las disposiciones de las Directivas 93/37/CEE y 92/50/CEE (actualmente consolidadas y modificadas por la Directiva 2004/18/CE). Los PAI son contratos adjudicados por las autoridades locales que incluyen la prestación de servicios y la realización de obras públicas de infraestructura por parte de agentes urbanizadores seleccionados por ellas. La LRAU fue derogada por la Ley 16/2005 (LUV), que entró en vigor el 1 de febrero de 2006. (RAPID, IP/07/921, 27.6.2007)