La Comisión Europea ha aprobado, con arreglo a las normas sobre ayudas estatales de la UE, una medida española por valor de 460 millones de euros para ayudar a ArcelorMittal España («ArcelorMittal») a descarbonizar parcialmente sus procesos de producción de acero. La ayuda contribuirá a la consecución de la estrategia de la UE en materia de hidrógeno y de los objetivos del Pacto Verde Europeo, y también a reducir la dependencia de los combustibles fósiles rusos y a avanzar rápidamente en la transición ecológica en consonancia con el Plan REPowerEU. | RAPID, IP/23/849, 17.2.2023

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-522/20 (Carpatair/Comisión) de 8 de febrero de 2023
Ayudas de Estado — Sector aéreo — Medidas ejecutadas por Rumanía para el aeropuerto de Timișoara — Medidas ejecutadas por el aeropuerto de Timișoara para sus compañías aéreas usuarias y Wizz Air — Decisión por la que se declara en parte que no existe ayuda estatal para el aeropuerto de Timișoara ni para sus compañías aéreas usuarias — Tasas aeroportuarias — Recurso de anulación — Acto reglamentario — Afectación individual — Afectación sustancial de la posición competitiva — Afectación directa — Interés en ejercitar la acción — Admisibilidad — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Carácter selectivo — Ventaja — Criterio del operador privado
En el asunto T-522/20, Carpatair SA, con domicilio social en Timişoara (Rumanía), representada por el Sr. J. Rivas Andrés y la Sra. A. Manzaneque Valverde, abogados, parte demandante, contra Comisión Europea, representada por las Sras. F. Tomat y C. Georgieva, en calidad de agentes, parte demandada, apoyada por Wizz Air Hungary Légiközlekedési Zrt. (Wizz Air Hungary Zrt.), con domicilio social en Budapest (Hungría), representada por los Sres. E. Vahida, S. Rating e I.-G. Metaxas-Maranghidis, abogados, y por Societăţii Naţionale «Aeroportul Internaţional Timişoara — Traian Vuia» SA (AITTV), con domicilio social en Ghiroda (Rumanía), representada por los Sres. V. Power y R. Hourihan, Solicitors, partes coadyuvantes (Curia, 8.2.2023)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos acumulados C-649/20 P (España/Comisión), C-658/20 P (Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión/Comisión) y C-662/20 P (Caixabank y otros/Comisión) de 2 de febrero de 2023
Recurso de casación — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques (sistema español de arrendamiento fiscal) — Requisito de selectividad — Obligación de motivación — Principio de protección de la confianza legítima — Principio de seguridad jurídica — Recuperación de la ayuda
En los asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P, que tienen por objeto tres recursos de casación interpuestos, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 1 de diciembre y el 3 de diciembre de 2020, Reino de España, representado por las Sras. S. Centeno Huerta y A. Gavela Llopis y los Sres. I. Herranz Elizalde y S. Jiménez García, en calidad de agentes, parte recurrente en el asunto C-649/20 P, Lico Leasing, S. A., con domicilio social en Madrid, Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S. A., con domicilio social en Madrid, representadas por los Sres. J. M. Rodríguez Cárcamo y M. A. Sánchez, abogados, partes recurrentes en el asunto C-658/20 P, Caixabank, S. A., con domicilio social en Barcelona, Asociación Española de Banca, con domicilio social en Madrid, Unicaja Banco, S. A., con domicilio social en Málaga, Liberbank, S. A., con domicilio social en Madrid, Banco de Sabadell, S. A., con domicilio social en Sabadell (Barcelona), Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., con domicilio social en Bilbao (Bizkaia), Banco Santander, S. A., con domicilio social en Santander (Cantabria), Santander Investment, S. A., con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid), Naviera Séneca, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas), Industria de Diseño Textil, S. A. (Inditex), con domicilio social en Arteixo (A Coruña), Naviera Nebulosa de Omega, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, Abanca Corporación Bancaria, S. A., con domicilio social en Betanzos (A Coruña), Ibercaja Banco, S. A., con domicilio social en Zaragoza, Naviera Bósforo, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, Joyería Tous, S. A., con domicilio social en Lleida, Corporación Alimentaria Guissona, S. A., con domicilio social en Guissona (Lleida), Naviera Muriola, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Poal Investments XXI, S. L., con domicilio social en San Sebastián de los Reyes (Madrid), Poal Investments XXII, S. L., con domicilio social en San Sebastián de los Reyes, Naviera Cabo Vilaboa C-1658, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Naviera Cabo Domaio C-1659, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Caamaño Sistemas Metálicos, S. L., con domicilio social en Culleredo (A Coruña), Blumaq, S. A., con domicilio social en La Vall d’Uixó (Castellón), Grupo Ibérica de Congelados, S. A., con domicilio social en Vigo (Pontevedra), RNB, S. L., con domicilio social en La Pobla de Vallbona (Valencia), Inversiones Antaviana, S. L., con domicilio social en Paterna (Valencia), Banco de Albacete, S. A., con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid), Bodegas Muga, S. L., con domicilio social en Haro (La Rioja), Aluminios Cortizo, S. A. U., con domicilio social en Padrón (A Coruña), representadas por los Sres. E. Abad Valdenebro, J. L. Buendía Sierra, R. Calvo Salinero y A. Lamadrid de Pablo, abogados, partes recurrentes en el asunto C-662/20 P, apoyadas por Decal España, S. A., con domicilio social en Barcelona, representada por el Sr. M. J. Silva Sánchez, abogado, parte coadyuvante en el asunto C-662/20 P, en los que la otra parte en el procedimiento es: Comisión Europea, representada por los Sres. J. Carpi Badía, V. Di Bucci y É. Gippini Fournier y la Sra. P. Němečková, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia (Curia, 2.2.2023)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos acumulados C-702/20 (DOBELES HES) y C-17/21 (GM) de 12 de enero de 2023
Procedimiento prejudicial — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Normativa nacional que impone al operador público la obligación de abastecerse en productores de energías renovables a un precio superior al de mercado — Falta de pago de una parte de la ayuda de que se trata — Demanda de indemnización presentada por esos productores ante una autoridad pública distinta de la que en principio está obligada, con arreglo a esa normativa nacional, a abonar la referida ayuda y cuyo presupuesto está destinado únicamente a garantizar su propio funcionamiento — Nueva ayuda — Obligación de notificación — Ayuda de minimis — Reglamento (UE) n.º 1407/2013 — Artículo 5, apartado 2 — Acumulación — Consideración de los importes de ayuda ya percibidos durante el período de referencia en virtud de la referida normativa nacional
En los asuntos acumulados C-702/20 y C-17/21, que tienen por objeto sendas peticiones de decisión prejudicial planteadas, con arreglo al artículo 267 TFUE, por la Augstākā tiesa (Senāts) (Tribunal Supremo, Letonia), mediante resoluciones de 18 de diciembre de 2020 y de 7 de enero de 2021, recibidas en el Tribunal de Justicia el 22 de diciembre de 2020 y el 11 de enero de 2021 respectivamente, en los procedimientos DOBELES HES SIA (C-702/20) y Sabiedrisko pakalpojumu regulēšanas komisija (C-17/21) con intervención de: Sabiedrisko pakalpojumu regulēšanas komisija, Ekonomikas ministrija, Finanšu ministrija, GM SIA (Curia, 12.1.2023)

Hoy entra en vigor el Reglamento sobre subvenciones extranjeras (RSE). Este nuevo conjunto de normas contra las distorsiones causadas por las subvenciones extranjeras permitirá a la UE permanecer abierta al comercio y la inversión, garantizando al mismo tiempo unas condiciones de competencia equitativas para todas las empresas que desarrollan actividades en el mercado único. La Comisión propuso el Reglamento en mayo de 2021 y el Parlamento Europeo y el Consejo lo aprobaron en un tiempo récord, en junio de 2022.

El RSE se aplica a todas las actividades económicas de la UE y se refiere a las grandes concentraciones (fusiones y adquisiciones), los procedimientos de contratación pública y todas las demás situaciones del mercado. Las nuevas normas facultan a la Comisión para investigar las contribuciones financieras facilitadas por países terceros a empresas que ejercen una actividad económica en la UE y para corregir, en caso necesario, sus efectos distorsionadores. | RAPID, IP/23/129, 12.1.2023

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea en el asunto T-525/21 (E. Breuninger/Comisión) de 21 de diciembre de 2022
Recurso de anulación — Ayudas de Estado — Régimen-marco por el que se instituye en Alemania un régimen federal de compensación por los perjuicios sufridos a consecuencia de las decisiones de confinamiento — Decisión de no plantear objeciones — Medida destinada a reparar los perjuicios causados por desastres naturales o por otros acontecimientos de carácter excepcional — Inexistencia de interés en ejercitar la acción — Inadmisibilidad
En el asunto T-525/21, E. Breuninger GmbH & Co., con domicilio social en Stuttgart (Alemania), representada por los Sres. R. Velte y W. Meilicke, abogados, parte demandante, contra Comisión Europea, representada por los Sres. V. Bottka, G. Braga da Cruz y C. Kovács, en calidad de agentes, parte demandada, apoyada por República Federal de Alemania, representada por los Sres. J. Möller y P. L. Krüger, en calidad de agentes, parte coadyuvante (Curia, 21.12.2022)

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea en los asuntos T-260/21 (E. Breuninger/Comisión) y T-306/21 (Falke/Comisión) de 21 de diciembre de 2022
Ayudas de Estado — Régimen-marco por el que se concede apoyo por los costes fijos no cubiertos en el contexto de la pandemia de COVID-19 en Alemania — Decisión de no plantear objeciones — Marco Temporal relativo a las ayudas de Estado — Examen individualizado del régimen de ayudas notificado — Medida destinada a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro — Proporcionalidad
En el asunto T-260/21, E. Breuninger GmbH & Co., con domicilio social en Stuttgart (Alemania), representada por los Sres. R. Velte y W. Meilicke, abogados, parte demandante, contra Comisión Europea, representada por los Sres. V. Bottka, G. Braga da Cruz y C. Kovács, en calidad de agentes, parte demandada, apoyada por República Federal de Alemania, representada por los Sres. P.-L. Krüger y J. Möller, en calidad de agentes, parte coadyuvante (Curia, 21.12.2022)

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea. Asunto T-101/18 (Austria / Comisión) de 30 de noviembre de 2022
Aides d’État – Industrie nucléaire – Aide envisagée par la Hongrie pour le développement de deux nouveaux réacteurs nucléaires sur le site de Paks – Décision déclarant l’aide compatible avec le marché intérieur sous réserve du respect de certains engagements – Article 107, paragraphe 3, sous c), TFUE – Conformité de l’aide avec le droit de l’Union autre que le droit des aides d’État – Lien indissociable – Promotion de l’énergie nucléaire – Article 192, premier alinéa, du traité Euratom – Principes de protection de l’environnement, du pollueur-payeur, de précaution et de durabilité  – Détermination de l’activité économique concernée – Défaillance du marché – Distorsion de la concurrence – Proportionnalité de l’aide – Nécessité d’une intervention de l’État – Détermination des éléments de l’aide – Procédure de passation de marchés publics – Obligation de motivation
Dans l’affaire T-101/18, République d’Autriche, représentée par Mme J. Schmoll, MM. F. Koppensteiner, M. Klamert et T. Ziniel, en qualité d’agents, assistés de Me H. Kristoferitsch, avocat, partie requérante, soutenue par Grand-Duché de Luxembourg, représenté par MM. A. Germeaux et T. Schell, en qualité d’agents, assistés de Me P. Kinsch, avocat, partie intervenante, contre Commission européenne, représentée par Mmes K. Blanck, K. Herrmann et P. Němečková, en qualité d’agents, partie défenderesse, soutenue par République tchèque, représentée par MM. M. Smolek, J. Vláčil, T. Müller, J. Pavliš et Mme L. Halajová, en qualité d’agents, par République française, représentée par Mme E. de Moustier et M. P. Dodeller, en qualité d’agents, par Hongrie, représentée par M. M. Fehér, en qualité d’agent, assisté de Mes P. Nagy, N. Gràcia Malfeito, B. Karsai, avocats, et M. C. Bellamy, KC, par République de Pologne, représentée par M. B. Majczyna, en qualité d’agent, par République slovaque, représentée par Mme S. Ondrášiková, en qualité d’agent, et par Royaume-Uni de Grande-Bretagne et d’Irlande du Nord, représenté par MM. F. Shibli, L. Baxter et Mme S. McCrory, en qualité d’agents, assistés de M. T. Johnston, barrister, parties intervenantes (Curia, 30.11.2022)

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