Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos acumulados C-649/20 P (España/Comisión), C-658/20 P (Lico Leasing y Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión/Comisión) y C-662/20 P (Caixabank y otros/Comisión) de 2 de febrero de 2023
Recurso de casación — Ayudas de Estado — Artículo 107 TFUE, apartado 1 — Régimen fiscal aplicable a determinados acuerdos de arrendamiento financiero para la adquisición de buques (sistema español de arrendamiento fiscal) — Requisito de selectividad — Obligación de motivación — Principio de protección de la confianza legítima — Principio de seguridad jurídica — Recuperación de la ayuda
En los asuntos acumulados C-649/20 P, C-658/20 P y C-662/20 P, que tienen por objeto tres recursos de casación interpuestos, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 1 de diciembre y el 3 de diciembre de 2020, Reino de España, representado por las Sras. S. Centeno Huerta y A. Gavela Llopis y los Sres. I. Herranz Elizalde y S. Jiménez García, en calidad de agentes, parte recurrente en el asunto C-649/20 P, Lico Leasing, S. A., con domicilio social en Madrid, Pequeños y Medianos Astilleros Sociedad de Reconversión, S. A., con domicilio social en Madrid, representadas por los Sres. J. M. Rodríguez Cárcamo y M. A. Sánchez, abogados, partes recurrentes en el asunto C-658/20 P, Caixabank, S. A., con domicilio social en Barcelona, Asociación Española de Banca, con domicilio social en Madrid, Unicaja Banco, S. A., con domicilio social en Málaga, Liberbank, S. A., con domicilio social en Madrid, Banco de Sabadell, S. A., con domicilio social en Sabadell (Barcelona), Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S. A., con domicilio social en Bilbao (Bizkaia), Banco Santander, S. A., con domicilio social en Santander (Cantabria), Santander Investment, S. A., con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid), Naviera Séneca, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria (Las Palmas), Industria de Diseño Textil, S. A. (Inditex), con domicilio social en Arteixo (A Coruña), Naviera Nebulosa de Omega, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, Abanca Corporación Bancaria, S. A., con domicilio social en Betanzos (A Coruña), Ibercaja Banco, S. A., con domicilio social en Zaragoza, Naviera Bósforo, A. I. E., con domicilio social en Las Palmas de Gran Canaria, Joyería Tous, S. A., con domicilio social en Lleida, Corporación Alimentaria Guissona, S. A., con domicilio social en Guissona (Lleida), Naviera Muriola, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Poal Investments XXI, S. L., con domicilio social en San Sebastián de los Reyes (Madrid), Poal Investments XXII, S. L., con domicilio social en San Sebastián de los Reyes, Naviera Cabo Vilaboa C-1658, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Naviera Cabo Domaio C-1659, A. I. E., con domicilio social en Madrid, Caamaño Sistemas Metálicos, S. L., con domicilio social en Culleredo (A Coruña), Blumaq, S. A., con domicilio social en La Vall d’Uixó (Castellón), Grupo Ibérica de Congelados, S. A., con domicilio social en Vigo (Pontevedra), RNB, S. L., con domicilio social en La Pobla de Vallbona (Valencia), Inversiones Antaviana, S. L., con domicilio social en Paterna (Valencia), Banco de Albacete, S. A., con domicilio social en Boadilla del Monte (Madrid), Bodegas Muga, S. L., con domicilio social en Haro (La Rioja), Aluminios Cortizo, S. A. U., con domicilio social en Padrón (A Coruña), representadas por los Sres. E. Abad Valdenebro, J. L. Buendía Sierra, R. Calvo Salinero y A. Lamadrid de Pablo, abogados, partes recurrentes en el asunto C-662/20 P, apoyadas por Decal España, S. A., con domicilio social en Barcelona, representada por el Sr. M. J. Silva Sánchez, abogado, parte coadyuvante en el asunto C-662/20 P, en los que la otra parte en el procedimiento es: Comisión Europea, representada por los Sres. J. Carpi Badía, V. Di Bucci y É. Gippini Fournier y la Sra. P. Němečková, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia (Curia, 2.2.2023)