Publicado en Jurisprudencia

Sentencia TJUE. Asuntos acumulados C-6/21 P y C-16/21 P (Alemania y Estonia/Pharma Mar y Comisión) de 22 de junio de 2023

Jueves, 22 Junio 2023 08:51

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asuntos acumulados C-6/21 P y C-16/21 P (Alemania y Estonia/Pharma Mar y Comisión) de 22 de junio de 2023
Recurso de casación — Salud pública — Medicamentos de uso humano — Reglamento (CE) n.º 726/2004 — Denegación de la autorización de comercialización del medicamento de uso humano — Aplidin — plitidepsina — Agencia Europea de Medicamentos (EMA) — Imparcialidad de los expertos de un grupo científico consultivo (GCC) — Política de la Agencia Europea de Medicamentos en relación con el tratamiento de los intereses contrapuestos de los miembros de los comités científicos y de los expertos — Concepto de “compañía farmacéutica” — Alcance de la exclusión en favor de los “institutos de investigación” — Concepto de “productos rivales”
En los asuntos acumulados C‑6/21 P y C‑16/21 P, que tienen por objeto sendos recursos de casación interpuestos, con arreglo al artículo 56 del Estatuto del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, el 7 de enero de 2021, República Federal de Alemania, representada inicialmente por el Sr. J. Möller y la Sra. S. Heimerl, y posteriormente por los Sres. J. Möller y P.‑L. Krüger, en calidad de agentes (C‑6/21 P), parte recurrente, apoyada por Reino de los Países Bajos, representado por la Sra. M. K. Bulterman, el Sr. J. Langer y la Sra. C. S. Schillemans, en calidad de agentes, Agencia Europea de Medicamentos (EMA), representada por el Sr. S. Drosos, la Sra. H. Kerr y el Sr. S. Marino, en calidad de agentes, partes coadyuvantes en casación, en el que las otras partes en el procedimiento son: Pharma Mar, S. A., con domicilio social en Colmenar Viejo (Madrid), representada por los Sres. M. Merola y V. Salvatore, avvocati, parte demandante en primera instancia, Comisión Europea, representada por la Sra. L. Haasbeek y el Sr. A. Sipos, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia, y República de Estonia, representada por la Sra. N. Grünberg, en calidad de agente (C‑16/21 P), parte recurrente, apoyada por República Federal de Alemania, representada inicialmente por el Sr. J. Möller y la Sra. S. Heimerl, posteriormente por los Sres. J. Möller y D. Klebs, y, por último, por los Sres. J. Möller y P.‑L. Krüger, en calidad de agentes, Reino de los Países Bajos, representado por la Sra. M. K. Bulterman, el Sr. J. Langer y la Sra. C. S. Schillemans, en calidad de agentes, Agencia Europea de Medicamentos (EMA), representada por el Sr. S. Drosos, la Sra. H. Kerr y el Sr. S. Marino, en calidad de agentes, partes coadyuvantes en casación, en el que las otras partes en el procedimiento son: Pharma Mar, S. A., con domicilio social en Colmenar Viejo, representada por los Sres. M. Merola y V. Salvatore, avvocati, parte demandante en primera instancia, Comisión Europea, representada por la Sra. L. Haasbeek y el Sr. A. Sipos, en calidad de agentes, parte demandada en primera instancia (Curia, 22.6.2023)

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