Publicado en Jurisprudencia

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea. Asunto T-238/20 (Ryanair DAC/Comisión) de 17 de febrero de 2021

Miércoles, 17 Febrero 2021 08:15

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea. Asunto T-238/20 (Ryanair DAC/Comisión) de 17 de febrero de 2021
Ayudas de Estado — Mercado del transporte aéreo dentro de Suecia, desde Suecia y hacia Suecia — Garantías de préstamo al objeto de apoyar a las compañías aéreas en el contexto de la pandemia de COVID-19 — Decisión de no plantear objeciones — Marco temporal relativo a las medidas de ayuda estatal — Medida destinada a poner remedio a una grave perturbación en la economía de un Estado miembro — Libre prestación de servicios — Igualdad de trato — Proporcionalidad — Titularidad de una licencia otorgada por las autoridades suecas como criterio — No ponderación de los efectos positivos de la ayuda con los efectos negativos que tenga para las condiciones de los intercambios comerciales y el mantenimiento de la libre competencia — Artículo 107 TFUE, apartado 3, letra b) — Ratio legis — Obligación de motivación
En el asunto T‑238/20, Ryanair DAC, con domicilio social en Swords (Irlanda), representada por los Sres. E. Vahida, F.‑C. Laprévote, S. Rating e I.‑G. Metaxas-Maranghidis, abogados, parte demandante, contra Comisión Europea, representada por los Sres. L. Flynn y S. Noë y la Sra. F. Tomat, en calidad de agentes, parte demandada, apoyada por República Francesa, representada por las Sras. E. de Moustier, C. Mosser y A. Daniel y el Sr. P. Dodeller, en calidad de agentes, y por Reino de Suecia, representado por las Sras. C. Meyer-Seitz, H. Eklinder, A. Runeskjöld, M. Salborn Hodgson, H. Shev y R. Shahsavan Eriksson y el Sr. J. Lundberg, en calidad de agentes, partes coadyuvantes (Curia.europa.eu, 17.2.2021)

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