La Comisión ha publicado hoy el informe anual sobre el mercado único de 2023 y el cuadro de indicadores del mercado único de 2022, como parte de las actividades para conmemorar el 30.o aniversario del mercado único. Los informes confirman que el mercado único sigue siendo un instrumento clave para afrontar los retos actuales de Europa y ponen de relieve la importancia de mejorar continuamente su funcionamiento, así como el impacto del mercado único al representar un mayor valor añadido para la economía de la UE. Ambos informes contribuirán a los debates con los Estados miembros sobre el refuerzo del mercado único y servirán de base a la Comisión en sus futuros trabajos para garantizar que el mercado único alcance todo su potencial de apoyo a la resiliencia y la competitividad de la economía europea.

El informe anual sobre el mercado único de 2023 hace balance de la integración del mercado único y analiza cómo ayuda a Europa a hacer frente a las tensiones geopolíticas actuales, mejorar la competitividad de la UE y apoyar las transiciones ecológica y digital de nuestra economía. El cuadro de indicadores del mercado único de 2022 muestra cómo el mercado único beneficia a la economía de la UE. Ofrece una visión de conjunto detallada de la aplicación de las normas del mercado único de la UE en todo el Espacio Económico Europeo, con el objetivo de encontrar mejoras para el mercado único. El cuadro de indicadores se centra en los avances realizados en la ejecución de la legislación de la UE, las condiciones comerciales generales, la integración del mercado único y otros objetivos políticos importantes como el crecimiento y el empleo, la resiliencia y la economía digital y ecológica. | RAPID, IP/23/466, 31.1.2023

Este año, la UE celebra el trigésimo aniversario de su mercado único, uno de los principales logros de la integración europea y uno de sus principales motores. El mercado único europeo, que se creó el 1 de enero de 1993, permite que bienes, servicios, personas y capitales circulen libremente por la UE, lo que facilita la vida de las personas y ofrece nuevas oportunidades a las empresas.

A lo largo de treinta años, el mercado único ha hecho posible una integración sin precedentes del mercado entre las economías de los Estados miembros, sirviendo de motor para el crecimiento y la competitividad, así como apoyando el poder económico y político de Europa a escala mundial. También desempeñó un papel clave a la hora de acelerar el desarrollo económico de los nuevos Estados miembros que se adhirieron a la UE, ya que eliminó las barreras a la entrada e impulsó el crecimiento.

Más recientemente, el mercado único ha resultado esencial para ayudar a Europa a hacer frente a la pandemia de COVID-19 y a la crisis energética derivada de la invasión de Ucrania por parte de Rusia. Preservar y reforzar la integridad del mercado único seguirá siendo fundamental para que Europa pueda responder a los nuevos retos de manera coordinada y seguir apoyando la competitividad de las economías europeas. | RAPID, IP/22/7897, 2.1.2023

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en los asuntos acumulados C-148/21 et C-184/21 (Louboutin (Uso de un signo infractor en un mercado en línea)) de 22 de diciembre de 2022
Renvoi préjudiciel – Marque de l’Union européenne – Règlement (UE) 2017/1001 – Article 9, paragraphe 2, sous a) – Droits conférés par la marque de l’Union européenne – Notion d’“usage” – Exploitant d’un site Internet de vente en ligne intégrant une place de marché en ligne – Annonces publiées sur cette place de marché par des vendeurs tiers faisant usage, dans ces annonces, d’un signe identique à une marque d’autrui pour des produits identiques à ceux pour lesquels celle-ci est enregistrée – Perception de ce signe comme faisant partie intégrante de la communication commerciale de cet exploitant – Mode de présentation des annonces ne permettant pas de distinguer clairement les offres dudit exploitant de celles de ces vendeurs tiers
Dans les affaires jointes C-148/21 et C-184/21, ayant pour objet des demandes de décision préjudicielle au titre de l’article 267 TFUE, introduites par le Tribunal d’arrondissement de Luxembourg (Luxembourg) et par le Tribunal de l’entreprise francophone de Bruxelles (Belgique), par décisions du 5 mars 2021 et du 22 mars 2021, parvenues à la Cour respectivement le 8 mars 2021 et le 24 mars 2021, dans les procédures Christian Louboutin contre Amazon Europe Core Sàrl (C-148/21), Amazon EU Sàrl (C-148/21), Amazon Services Europe Sàrl (C-148/21), Amazon.com Inc. (C-184/21), Amazon Services LLC (C-184/21) (Curia, 22.12.2022)

Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Asunto C-83/21 (Airbnb Ireland y Airbnb Payments UK) de 22 de diciembre de 2022
Procedimiento prejudicial — Mercado interior — Artículo 114 TFUE, apartado 2 — Exclusión de las disposiciones fiscales — Directiva 2000/31/CE — Servicios de la sociedad de la información — Comercio electrónico — Portal telemático de intermediación inmobiliaria — Artículo 1, apartado 5, letra a) — Exclusión de la “materia de fiscalidad” — Directiva 2006/123/CE — Servicios en el mercado interior — Artículo 2, apartado 3 — Exclusión de la “fiscalidad” — Directiva (UE) 2015/1535 — Artículo 1, apartado 1, letras e) y f) — Concepto de “regla relativa a los servicios” y de “reglamento técnico” — Obligación de los prestadores de servicios de intermediación inmobiliaria de recoger y transmitir a las autoridades tributarias datos de los contratos de arrendamiento y de practicar una retención en la fuente del impuesto sobre los pagos efectuados — Obligación de los prestadores de servicios de designar un representante fiscal cuando no dispongan de establecimiento permanente en Italia — Artículo 56 TFUE — Carácter restrictivo — Objetivo legítimo — Carácter desproporcionado de la obligación de designar un representante fiscal — Artículo 267 TFUE, párrafo tercero — Prerrogativas de un órgano jurisdiccional nacional cuyas decisiones no son susceptibles de recurso judicial de Derecho interno
En el asunto C-83/21, que tiene por objeto una petición de decisión prejudicial planteada, con arreglo al artículo 267 TFUE, por el Consiglio di Stato (Consejo de Estado, Italia), mediante resolución de 26 de enero de 2021, recibida en el Tribunal de Justicia el 9 de febrero de 2021, en el procedimiento entre AIRBNB Ireland UC plc, Airbnb Payments UK Ltd y Agenzia delle Entrate, con intervención de: Presidenza del Consiglio dei Ministri, Ministero dell’Economia e delle Finanze, Federazione delle Associazioni Italiane Alberghi e Turismo (Federalberghi), Renting Services Group Srls, Coordinamento delle Associazioni e dei Comitati di tutela dell’ambiente e dei diritti degli utenti e dei consumatori (Codacons) (Curia, 22.12.2022)

La Estrategia Europea para los Drones 2.0, que ha adoptado hoy la Comisión, presenta una visión para seguir desarrollando el mercado europeo de drones. Se basa en el marco de seguridad de la UE relativo a la operación y la definición de los requisitos técnicos de los drones, que es el más avanzado del mundo. La nueva Estrategia establece cómo Europa puede llevar a cabo operaciones comerciales a gran escala con drones, ofreciendo al mismo tiempo nuevas oportunidades en el sector.

Gracias al marco regulador global de la Unión, los drones han volado con seguridad durante cientos de miles de horas en los cielos de Europa, por ejemplo supervisando las infraestructuras, vigilando los vertidos de petróleo o tomando muestras de suelo. Los proyectos sobre el uso de drones para las entregas de productos médicos por vía aérea y el transporte de muestras médicas entre servicios sanitarios también están avanzando a buen ritmo. La puesta en marcha, en enero de 2023, del «U-Space», un sistema europeo único en el mundo para gestionar de forma segura el tráfico de drones, sentará las bases para un incremento de las operaciones.

Antes de seguir adelante con estas tecnologías innovadoras, la Comisión quiere garantizar que la sociedad apoya el uso de drones. Para responder a las preocupaciones sobre el ruido, la seguridad y la privacidad, la Estrategia pide a las autoridades a nivel nacional, regional y local que garanticen que los servicios de drones se ajustan a las necesidades de los ciudadanos. | RAPID, IP/22/7076, 29.11.2022

Sentencia del Tribunal General de la Unión Europea. Asuntos T-655/19 (Ferriera Valsabbia y Valsabbia Investimenti/Comisión), T-656/19 (Alfa Acciai/Comisión), T-657/19 (Feralpi/Comisión) y T-667/19 (Ferriere Nord/Comisión) de 9 de noviembre de 2022
Competencia — Prácticas colusorias — Mercado de los redondos para hormigón — Decisión por la que se declara la existencia de una infracción del artículo 65 CA, tras la expiración del Tratado CECA, sobre la base el Reglamento (CE) n.º 1/2003 — Fijación de los precios — Limitación y control de la producción y de las ventas — Decisión adoptada a raíz de la anulación de decisiones anteriores — Celebración de una nueva audiencia en presencia de las autoridades de competencia de los Estados miembros — Derecho de defensa — Principio de buena administración — Plazo razonable — Obligación de motivación
En el asunto T-655/19, Ferriera Valsabbia SpA, con domicilio social en Odolo (Italia), Valsabbia Investimenti SpA, con domicilio social en Odolo, representadas por los Sres. D. Fosselard y D. Slater y por la Sra. G. Carnazza, abogados, partes demandantes, contra Comisión Europea, representada por los Sres. P. Rossi y G. Conte y por la Sra. C. Sjödin, en calidad de agentes, asistidos por el Sr. P. Manzini, abogado, parte demandada (Curia, 9.10.2022)

La Comisión Europea ha abierto hoy una consulta pública en la que se invita a todas las partes interesadas a formular observaciones acerca del proyecto de Comunicación revisada sobre la definición de mercado. La definición de mercado es un primer paso importante en la evaluación de las concentraciones y de la mayoría de los asuntos de defensa de la competencia. Sirve para definir los límites de la competencia entre empresas. La Comunicación relativa a la definición de mercado se está revisando por primera vez desde su adopción en 1997, para tener en cuenta los importantes avances registrados en los años transcurridos, en particular la digitalización y las nuevas formas de la oferta de bienes y servicios, y para reflejar el carácter interconectado y mundializado de los intercambios comerciales.

El proyecto de Comunicación revisada sobre la definición de mercado sigue un exhaustivo proceso de revisión que comenzó en abril de 2020. En julio de 2021, la Comisión publicó los resultados de su evaluación, que revelaron que, aunque la Comunicación en vigor sigue siendo muy pertinente y, en general, es adecuada para su finalidad, son necesarias algunas actualizaciones y aclaraciones para adaptarla a los avances de la praxis de la Comisión, la jurisprudencia de los tribunales de la UE y las nuevas realidades del mercado. Más de cien partes interesadas expusieron sus puntos de vista, que se han tenido en cuenta en el proyecto de texto que hoy se presenta para consulta. | RAPID, IP/22/6528, 8.11.2022

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